indemnización por despido y cómo calcularla


En trabajadores domésticos corresponder a ellos todos los derechos laborales de los trabajadores en Argentina, incluyendo vacaciones pagadas, licencia por maternidad, indemnización por despido, entre otros.

Esto es así, por supuesto, en los casos en que el trabajador doméstico es registrado por el empleador en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). De lo contrario, puede hacer un reclamo legal para reclamar el la falta de registro de la relación laboral según lo dicta la ley, Además, su indemnización por despido se duplica si fue sin causa justificada.

En el caso del trabajador doméstico, el calculo de indemnizacion por despido no se lleva a cabo como lo indica la Ley de Contrato de Trabajo, sino que existe una procedimiento indicado en el convenio colectivo de la actividad. También prevé casos de compensación especial.

En este contexto, presentamos a continuación la Cálculo a realizar al determinar la compensación que te corresponde para despido hacia trabajadora doméstica.

Trabajador doméstico: indemnización por despido

En Argentina existen actividades laborales que incluyen su propio cálculo de indemnización por despido en su convenio colectivo de trabajo, tales como Construcción, Empleados Domésticos, Banqueros, Periodistas, etc.

En el caso del empleado doméstico, el cálculo particular de la indemnización es determinado en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, que es el marco legal de la actividad. Se rige por la Ley Nacional 26.844, que fue promulgada en 2013.

Cómo se calcula la indemnización por despido sin justa causa del empleado doméstico

Cómo se calcula la indemnización por despido sin justa causa del empleado doméstico.

Además del cálculo, determinar los casos en que corresponde pagar la indemnización por despido al trabajador doméstico y cuando no lo es.

En caso de que, como en todo trabajo, la compensación sea procedente cuando se trate de un despido sin justa causapor decisión del empleador. Y en algunas ocasiones corresponden compensaciones especiales.

En el caso del empleado doméstico, el artículo 40 de la citada ley establece que el despido por maternidad o embarazo. Este es el caso cuando el despido se ordena dentro del término de siete meses y medio antes o después de la fecha de entregasiempre que la mujer haya cumplido con su obligación de notificar debidamente el hecho del embarazo así como el parto cuando corresponda.

En eso caso de despido de empleada domestica por embarazo o maternidad, la trabajadora tiene derecho a un año más de indemnización; es decir 13 salarios extras.

También se prevé una indemnización especial cuando el despido sin justa causa se realice por razón de matrimonio. Si el despido por decisión del empleador fue sin justa causa o no pudo probarse la causa que invocó para el mismo, y se produce dentro de los tres meses antes o seis meses después del matrimoniotambién corresponde a un año extra de compensación.

Existe un último caso de indemnización por despido del empleado doméstico previsto en la Ley 26.844: en el ocasión de la muerte del empleador. En ese caso, en trabajador corresponderá al 50% de la indemnización establecido en el Régimen de Contrato de Trabajo del Personal de Casas Particulres para los despidos por causa justificada.

En qué casos de despido sin justa causa, corresponde una indemnización especial al empleado doméstico

En los casos de despido sin justa causa, corresponde al empleado doméstico una indemnización especial.

No obstante, cuando dicho empleado doméstico continúe prestando servicios a los familiares, convivientes o parientes del patrón o patrón fallecido -persona con quien se encuentra registrada la relación laboral en la AFIP- por un período mayor a treinta días naturales contados a partir de la muertese entenderá que la relación de trabajo constituye continuación de la anterior.

Y en estos casos, se computan para todos los efectos legales y convencionales la antigüedad adquirida en la relación preexistente y las restantes condiciones de trabajo del empleado doméstico.

Trabajador doméstico: cálculo de compensación

De conformidad con lo dispuesto en el Régimen Especial de Trabajo en Viviendas Particulares, La indemnización por despido debe ser equivalente a 1 mes de salario por cada año de servicio o fracción mayor a tres (3) meses.

Para realizar este cálculo de compensación, el empleador debe tomar como en base a la mejor remuneración, mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de los servicios (si éste es inferior a un año). Y en ningún caso la indemnización podrá ser inferior a un mes de salario.

Y cabe mencionar que, según la citada ley, la indemnización se duplicará en el caso de una relación laboral que al momento del despido no estaba registrado o está mal registrado.

Es por ello que siempre es indispensable, y es obligación del empleador, registrar la relación laboral con el empleado doméstico en el sistema AFIP. El trámite se puede hacer en línea y es gratuito, aunque implica el pago de aportes patronales y cobertura ART del trabajador.

Se duplica la indemnización por despido de la empleada doméstica si no estaba registrada en AFIP

La indemnización por despido de la empleada doméstica se duplica si no estaba registrada en la AFIP.

Asimismo, el empleado doméstico es responsable de recibir aviso que se prescindirá de sus servicios equivalentes a 10 días de salario cuando la antigüedad sea menor de 1 año y de 30 días cuando sea mayor.

En caso de que el empleador decida despedir sin justa causa y no preavise en fecha distinta al último día del mes, la indemnización en lugar de preaviso también se integrará con una cantidad equivalente a los salarios que se deberían haber pagado hasta fin de mes cuando se produjo el despido.

Finalmente, como ocurre con todos los trabajadores, la indemnización por despido también incluye la vacaciones no disfrutadas. Estos datos deben incluirse en el cálculo de la compensación.

Por otro lado, según el sitio web de la AFIP para trabajadores de casas particulares, existen una excepción por despidos sin justa causa que no incluye indemnización: es cuando se produce dentro del periodo de prueba. Este plazo es de 30 días en el caso de empleados domésticos sin retiro del hogar donde realicen tareas, 15 días para personal jubilado y no mayor de tres meses para quienes presten tareas por horas.

Durante dicho plazo, cualquiera de las partes podrá dar por terminada la relación sin expresar causa y sin generar derecho a indemnización. El patrón no podrá contratar al mismo trabajador más de una vez utilizando el período de prueba.



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